El Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam) había establecido este reajuste basado en la inflación acumulada, medida por el índice de precios al consumidor (IPC).
Desde el 2016 se estableció la facultad del Poder Ejecutivo de considerar el reajuste del salario mínimo a propuesta de la Conasam sobre la base de la variación interanual del índice de precios al consumidor (IPC) y su impacto en la economía nacional, al mes de junio de cada año. Bajo esta modalidad de cálculo se han aplicado seis reajustes salariales entre el 2017 y el 2023, dando un promedio de 4,6% de variación anual.
Si bien las centrales sindicales pidieron un reajuste del 30%, la Ley del Salario Mínimo establece que se debe fijar según el IPC que publica el Banco Central del Paraguay. En ese sentido, se tomó el cálculo de 4,4% de inflación interanual para determinar la nueva remuneración base.
ALCANCE REAL. Cabe recordar que en Paraguay 282.000 personas ganan el salario mínimo, por lo que el 17,1% del total de asalariados del país serán beneficiados, mientras que el 41,5%, 604.164 personas, percibe un salario menor.
En el año 2023, de 2.878.716 personas ocupadas, el 57,6% correspondía a trabajadores asalariados, que totalizaban 1.657.982.
El 40,4%, o sea 1.162.843 del total de personas ocupadas, son trabajadores del sector privado, mientras que el 7,2%, es decir, 206.180 personas, corresponde al trabajo doméstico y 10%, un total de 288.959 a trabajadores del sector público.